Requisitos y procedimiento de acceso
El Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre recoge en su artículo 15 que el acceso a las enseñanzas oficiales universitarias de Grado se regirá de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establecen los requisitos de acceso y la normativa básica relativa a los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de acuerdo con los criterios establecidos en los artículos 38 y 69 y las disposiciones adicionales trigésimo tercera y trigésimo sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
El Real Decreto 412/2014 establece en su artículo 3 que podrán acceder a los estudios universitarios oficiales de Grado, quienes reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- a) Estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español, de otro declarado equivalente, de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional.
- b) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
- c) Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos.
- d) Personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida en este RD.
- e) Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza.
- f) Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen la prueba de acceso establecida en este RD.
- g) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente. Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.
- h) Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.
Toda la información relativa a vías de acceso y requisitos, incluyendo los procedimientos correspondientes para cada una de las situaciones se podrá encontrar de manera más precisa en esta web.
Para las diferentes titulaciones de grado de nuestra Escuela no se han establecido condiciones o pruebas de acceso especiales, no obstante, lo anterior, dado el carácter científico-técnico de nuestras titulaciones, resulta recomendable que el estudiante que decida iniciar sus estudios proceda de un bachillerato de índole tecnológico. Además, la abundancia de conceptos con cierto grado de abstracción hace que las asignaturas previas más importante sea las de Matemáticas II, Física, o el Dibujo Técnico.
Para la opción h) de admisión la Comisión de Garantía de Calidad (CGC) de nuestra Escuela establecerá cada curso académico unos criterios de admisión.
Cumplidos los requisitos académicos, la admisión se realizará mediante el proceso de preinscripción establecido por la Comunidad Autónoma Andaluza, teniendo presente que se realizará en función de la nota obtenida en las distintas pruebas de acceso y dando prioridad a quienes hayan superado las pruebas en la convocatoria ordinaria del año en curso o en convocatorias ordinarias o extraordinarias de años anteriores sobre los que cumplan los requisitos académicos en convocatorias extraordinaria del año en curso. A nivel informativo las fechas más importantes pueden consultarse en esta web.
Una vez realizadla la preinscripción, el siguiente proceso será la matriculación en nuestras titulaciones de Grado. Siguiendo lo indicado en el Artículo 8 del reglamento UCA/CG11/2010 de Admisión y Matriculación en la Universidad de Cádiz, de 28 de junio de 2010, se establecen las siguientes modalidades de matrícula:
- A tiempo completo: Se consideran alumnos a tiempo completo aquellos que se matriculen en cualquier año académico de un mínimo de 40 créditos ECTS.
- A tiempo parcial: en este caso la matrícula estará comprendida entre un mínimo de 24 y un máximo de 39 créditos ECTS, salvo cuando al estudiante le falten menos de 24 créditos para finalizar la titulación. En el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, la cantidad mínima de créditos ECTS a matricular será de 12.
Toda la información sobre la matrícula se encuentra en la web del Área de Atención al Alumnado de nuestra Universidad. Como información para el curso 23/24 las fechas más relevantes se pueden consultar en esta web.